Operaciones de Alimentación del Centro de Día Infantil

El 18 de diciembre de 2025, el Departamento de Educación de Virginia (VDOE) distribuyó un boletín informativo a los operadores de centros de día infantil que incluía un memorándum del Departamento de Salud de Virginia (VDH), División de Alimentos y Servicios Generales. El memorándum recordaba a los operadores que las Directrices del 1994 VDH para el servicio de refrigerios en centros de atención fueron derogadas en 2021 luego de ser identificadas como no válidas legalmente e inconsistentes con las Regulaciones Alimentarias de Virginia.

La preparación y el servicio de alimentos requieren una licencia de alimentos, salvo que solo se sirvan alimentos comercialmente preenvasados y no de TCS.

Los niños en edad preescolar son una población muy vulnerable, y muchos alimentos que se sirven habitualmente en guarderías son alimentos con el síndrome de la atención infantil. Incluso frutas y verduras que no son TCS enteras, como el melón, las verduras de hoja verde y los tomates, se vuelven de mayor riesgo una vez cortadas o preparadas, y fueron repetidamente implicadas en brotes de enfermedades transmitidas por alimentos. Todas las instalaciones, incluidas las guarderías infantiles que manipulan, cortan o porcionan estos alimentos, cumplen con la definición de establecimiento de alimentos en Virginia y deben seguir las normas básicas de seguridad alimentaria bajo una licencia de alimentos del Departamento de Salud de Virginia (VDH) para proteger a las poblaciones vulnerables.

Imagen de dibujos animados de una caja de jugo con pajita y una imagen de una manzana en la portada

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