Seguridad VIIS

HCP tal como se define en el § 8.01-581.1 Definiciones

"Proveedor de atención médica" significa (i) una persona, corporación, instalación o institución autorizada por este Estado para brindar atención médica o servicios profesionales como médico o hospital, dentista, farmacéutico, enfermera registrada o enfermera práctica con licencia o una persona que tiene un privilegio multiestatal para practicar dicha enfermería bajo el Pacto de Licencia de Enfermería, optometrista, podólogo, quiropráctico, fisioterapeuta, asistente de fisioterapia, psicólogo clínico, trabajador social clínico, consejero profesional, terapeuta matrimonial y familiar con licencia, higienista dental con licencia, organización de mantenimiento de la salud o asistente o técnico de atención médica de emergencia que brinda servicios a honorarios; (ii) una corporación profesional, todos cuyos accionistas o miembros están autorizados para ello; (iii) una sociedad, todos cuyos socios están autorizados para ello; (iv) un hogar de ancianos tal como se define en § 54.1-3100 excepto aquellas instituciones de enfermería dirigidas por y para aquellos que dependen del tratamiento por medios espirituales únicamente a través de la oración de acuerdo con una iglesia o denominación religiosa reconocida; (v) una sociedad profesional de responsabilidad limitada compuesta por miembros como se describe en la subdivisión A 2 de § 13.1-1102; (vi) una corporación, sociedad, compañía de responsabilidad limitada o cualquier otra entidad, excepto una instalación operada por el estado, que emplee o contrate a un proveedor de atención médica con licencia y que preste principalmente servicios de atención médica; o (vii) un director, funcionario, empleado, contratista independiente o agente de las personas o entidades a las que se hace referencia en este documento, que actúe dentro del curso y alcance de su empleo o compromiso en relación con la atención médica o los servicios profesionales.

HCP tal como se define en el §32.1-127.1:03 Privacidad de los registros de salud

"Proveedor de atención médica" se refiere a las entidades enumeradas en la definición de "proveedor de atención médica" en § 8.01-581.1, excepto que las instalaciones operadas por el estado también se considerarán proveedores de atención médica para los propósitos de esta sección. El proveedor de atención médica también incluirá a todas las personas que tengan licencia, certificados, registrados o permitidos o que tengan un privilegio de licencia multiestatal emitido por cualquiera de las juntas reguladoras de salud dentro del Departamento de Profesiones de la Salud, excepto las personas reguladas por la Junta de Directores de Funerarias y Embalsamadores o la Junta de Medicina Veterinaria.

Última actualización: 1 de febrero de 2021