AVISO Y DESCRIPCIÓN DE LA CONDENA DEL ÁREA DE MARISCOS
NÚMERO 096-229, PARRAMORE ISLAND – DRAWING CHANNEL
A PARTIR DEL 15 DE JUNIO DE 2026
De conformidad con el Título 28.2, Capítulo 8, §§ 28.2-803 a 28.2-808, § 32.1-20, y § 2.2-4002, B.16 del Código de Virginia:
1. El Área de Mariscos Condenada Número 096-229, que se muestra como la Sección A, se establece por la presente a partir del 15 de junio de 2026, y permanecerá vigente anualmente a partir de entonces hasta que sea rescindida. Será ilegal que cualquier persona, firma o corporación extraiga mariscos de esta área durante dicho período para cualquier propósito, excepto mediante permiso otorgado por la Marine Resources Commission, según lo dispuesto en el § 28.2-810 del Código de Virginia. Los límites de esta área se muestran en el mapa titulado “Parramore Island – Drawing Channel, Condemned Shellfish Area Number 096-229, 15 de junio de 2026”, el cual es parte de este aviso.
2. El Departamento de Salud recibirá, considerará y responderá a las peticiones de cualquier persona interesada en cualquier momento con respecto a la reconsideración o revisión de esta orden.
LÍMITES DEL ÁREA EXPROPIADA NÚMERO 096-229
A. El área condenada incluirá todo el afluente sin nombre de Drawing Channel hacia el interior y aguas arriba de una línea trazada entre la coordenada de mapa de latitud / longitud (37°32'48.4",-75°38'28.8") y la coordenada de mapa (37°32'47.6",-75°38'28.1").