Expropiación del Área de Mariscos # 004-184

AVISO Y DESCRIPCIÓN DE LA CONDENA DE ÁREA DE MARISCOS
NÚMERO 004-184, BAHÍA CURRIOMAN

VIGENTE A PARTIR DEL 15 DE FEBRERO DE 2025

De conformidad con el Título 28.2, Capítulo 8, §§ 28.2-203 a 28.2-808, § 32.1-20, y § 2.2-4002, B.16 del Código de Virginia:

1. El “Aviso y descripción de la condena del área de mariscos número 004-184, bahía de Currioman”, con vigencia a partir del 15 de febrero de 2024, queda cancelado a partir del 15 de febrero de 2025.

2. Se establece por la presente el Área de Condena de Mariscos Número 004-184, que se muestra como las Secciones A, B y C, con vigencia a partir del 15 de febrero de 2025. Será ilegal que cualquier persona, firma o corporación extraiga mariscos de estas áreas para cualquier propósito, excepto mediante permiso otorgado por la Marine Resources Commission, según lo dispuesto en el § 28.2-810 del Código de Virginia. Los límites de estas áreas se muestran en el mapa titulado “Currioman Bay, Condemned Shellfish Area Number 004-184, 15 de febrero de 2025”, el cual forma parte de este aviso.

3. El Área de Mariscos Condicionalmente Aprobada (estado cerrado) Número 004-184, mostrada como Sección M1, se establece por la presente con efecto a partir del 15 de febrero de 2025. Será ilegal que cualquier persona, firma o corporación extraiga mariscos de esta área durante dicho período para cualquier propósito, excepto mediante permiso otorgado por la Marine Resources Commission, según lo dispuesto en el § 28.2-810 del Código de Virginia. Los límites de esta área se muestran en el mapa titulado “Currioman Bay, Condemned Shellfish Area Number 004-184, 15 de febrero de 2025”, el cual es parte de este aviso.

4. El Departamento de Salud recibirá, considerará y responderá a las peticiones de cualquier persona interesada en cualquier momento con respecto a la reconsideración o revisión de esta orden.

LÍMITES DEL ÁREA EXPROPIADA NÚMERO 004-184

A. El área condenada incluirá todo Cold Harbor Creek y sus afluentes aguas arriba de una línea trazada desde la coordenada de mapa de latitud/longitud (38°09'45.3",-76°46'18.3") hasta la coordenada de mapa (38°09'25.5",-76°45'51.7").

B. El área condenada incluirá todo Currioman Creek y sus afluentes aguas arriba de una línea trazada desde la coordenada de mapa de latitud/longitud (38°09'05.2",-76°45'39.2") hasta la coordenada de mapa (38°08'55.1",-76°45'32.2").

C. El área condenada incluirá todo Poor Jack Creek y sus tributarios aguas arriba de una línea trazada desde la coordenada de mapa de latitud / longitud (38°08'11.4",-76°44'43.1") hasta la coordenada de mapa (38°08'10.2",-76°44'41.8").

M1. El área aprobada condicionalmente (estado cerrado) incluirá aquella porción de Cold Harbor Creek que se encuentra tierra adentro de una línea trazada desde la coordenada de mapa de latitud/longitud (38°09'32.3",-76°46'19.9"), la coordenada de mapa (38°09'30.3",-76°46'17.1"), la coordenada de mapa (38°09'26.7",-76°46'18.5"), y la coordenada de mapa (38°09'27.5",-76°46'24.6"); y está incluida en el área definida como Sección A.

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