Expropiación del Área de Mariscos # 062-080

AVISO Y DESCRIPCIÓN DE LA CONDENA DEL ÁREA DE MARISCOS
NÚMERO 062-080, CHUCKATUCK CREEK

VIGENTE EL 15 DE NOVIEMBRE DE 2025

De conformidad con el Título 28.2, Capítulo 8, §§ 28.2-803 a 28.2-808, § 32.1-20, y § 2.2-4002, B.16 del Código de Virginia.

1. El "Aviso y descripción de la condena del área de mariscos número 062-080, Chuckatuck Creek", vigente desde el 15 de octubre de 2024, se cancela a partir del 15 de noviembre de 2025.

2. El Área de Mariscos Condenada Número 062-080, mostrada como Secciones A y B, se establece, efectiva el 15 de noviembre de 2025. Será ilegal que cualquier persona, firma o corporación extraiga mariscos de estas áreas para cualquier propósito, excepto mediante permiso otorgado por la Marine Resources Commission, según lo dispuesto en el § 28.2-810 del Código de Virginia. Los límites de estas áreas se muestran en el mapa titulado “Chuckatuck Creek, Condemned Shellfish Area Number 062-080, 15 de noviembre de 2025”, el cual forma parte de este aviso.

3. El área de mariscos aprobada condicionalmente (estado abierto) número 062-080, que se muestra como la sección M1, se establece a partir del 15 de noviembre de 2025. Será ilegal que cualquier persona, firma o corporación extraiga mariscos de esta área durante dicho período para cualquier propósito mientras se encuentre en estado de cierre, excepto mediante permiso otorgado por la Marine Resources Commission, según lo dispuesto en el § 28.2-810 del Código de Virginia. Los límites de esta área se muestran en el mapa titulado “Chuckatuck Creek, área de mariscos condenada número 062-080, 15 de noviembre de 2025”, el cual forma parte de este aviso.

4. El Departamento de Salud recibirá, considerará y responderá a las peticiones de cualquier persona interesada en cualquier momento con respecto a la reconsideración o revisión de esta orden.

LÍMITES DEL ÁREA EXPROPIADA NÚMERO 062-080

A. El área condenada incluirá aquella parte de Chuckatuck Creek y sus afluentes aguas arriba de una línea trazada entre las coordenadas de mapa de latitud/longitud (36°54'55.7",-76°30'24.6") y la coordenada de mapa (36°54'39.9",-76°30'23.6").

B. El área condenada incluirá aquella porción de Ragged Island Creek y sus afluentes aguas arriba de una línea trazada entre la coordenada de mapa de latitud / longitud (36°56'24.7",-76°30'00.8") y la coordenada de mapa (36°56'31.7",-76°29'43.7").

M1. El área aprobada condicionalmente (estado abierto) incluirá aquella porción de Chuckatuck Creek tierra adentro de una línea trazada entre la coordenada de mapa de latitud/longitud (36°54'42.1",-76°30'02.4"), la coordenada de mapa (36°54'45.2",-76°30'06.4"), la coordenada de mapa (36°54'50.8",-76°30'00.2"), y la coordenada de mapa (36°54'46.8",-76°29'55.6"); y se muestra solo en el informe.

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