La Unidad de Cuidados Domiciliarios y Hospicio, dentro de la División de Servicios de Cuidados Agudos, es responsable de la concesión de licencias estatales y la inspección de las HCO y los programas de hospicio. La unidad también lleva a cabo las encuestas de certificación federal para Medicare y Medicaid, e investiga cualquier queja recibida contra estos proveedores.
Para solicitudes y consultas sobre la inscripción de proveedores de Medicare , comuníquese con:
Administradores de CGS, atención domiciliaria (877- 299-4500) o hospicio (866-539-5592)
El hospicio es un programa coordinado de atención domiciliaria y hospitalaria que se brinda directamente o a través de un acuerdo bajo la dirección de una administración de hospicio identificable que brinda servicios médicos paliativos y de apoyo y otros servicios de salud a pacientes con enfermedades terminales y sus familias. Un hospicio utiliza un equipo interdisciplinario dirigido médicamente. Un programa de cuidados paliativos brinda atención para satisfacer las necesidades físicas, psicológicas, sociales, espirituales y otras necesidades especiales que se experimentan durante las etapas finales de la enfermedad, y durante la muerte y el duelo. Los cuidados paliativos deben estar disponibles las veinticuatro horas del día, los siete días de la semana.
¿Está planeando abrir un hospicio?
Revise las Regulaciones de Licencias de Hospicio antes de solicitar una licencia de hospicio a través del Portal VDH OLC.
Una HCO es cualquier organización pública o privada, operada con o sin fines de lucro, que proporciona en la residencia de una persona en Virginia uno o más de los siguientes servicios:
- Servicios de salud en el hogar, incluidos los servicios prestados por o bajo la supervisión directa de cualquier profesional de la salud bajo un plan médico de atención en la residencia de un paciente en una visita o por hora, a una persona que tiene o corre el riesgo de sufrir una lesión, enfermedad o una afección incapacitante y requiere intervenciones a corto o largo plazo
- Servicios de cuidado personal, incluida la asistencia en el cuidado personal, que incluye las actividades de la vida diaria proporcionadas en la residencia de una persona en una visita o por hora a una persona que tiene o corre el riesgo de padecer una enfermedad, lesión o afección incapacitante
- Servicios farmacéuticos, incluidos los servicios prestados en la residencia de una persona, que incluyen la dispensación y administración de un medicamento o medicamentos, y el apoyo nutricional parenteral, la instrucción asociada al paciente y otros servicios identificados por la Junta de Salud por reglamento
¿Está planeando abrir una HCO?
Revise las Regulaciones de Licencias de HCO antes de solicitar una licencia de HCO a través del Portal VDH OLC. Se puede utilizar un seguro suplementario y de responsabilidad civil en exceso para cumplir con los requisitos mínimos del seguro.