En Virginia, un operador de obras hidráulicas es cualquier persona que esté a cargo de un sistema público de suministro de agua. Por lo general, se requiere que todos los sistemas de agua comunitarios y no transitorios tengan al menos un operador de obras hidráulicas con licencia. Solo un operador con licencia (con una licencia de una clase igual o mayor que la clase del sistema de agua) puede hacer o autorizar cambios en el proceso de tratamiento, y un operador con licencia debe estar disponible en todo momento cuando el sistema de agua esté en funcionamiento.
Las licencias de operador de obras hidráulicas son emitidas por la Junta de Operadores de Obras Hidráulicas y Aguas Residuales, que forma parte del Departamento de Regulación Profesional y Ocupacional de Virginia (DPOR). Las regulaciones de esa Junta prescriben el programa de licencias y los requisitos. El Departamento de Salud no participa en la emisión de licencias ni en la realización de exámenes. Póngase en contacto con la Junta en:
Junta de Operadores de Obras Hidráulicas y Aguas Residuales
Departamento de Regulación Profesional y Ocupacional
9960 Mayland Drive
Suite 400
Richmond, Virginia 23233-1463
(804) 367-2176
Para obtener una Licencia de Operador de Obras Hidráulicas de Virginia, debe demostrar que ha adquirido una cantidad específica de experiencia real trabajando en un sistema público de suministro de agua y que puede aprobar un examen de opción múltiple a libro cerrado. La cantidad real de experiencia que necesitará depende de su formación académica y de la cantidad de formación especializada en operadores de obras hidráulicas que tenga. Debe cumplir con los requisitos de experiencia para su nivel de educación antes de poder realizar el examen. El examen está diseñado para determinar si tiene los conocimientos necesarios para realizar las tareas de operación, mantenimiento y supervisión típicas de un operador.
Para obtener información sobre el examen o la licencia, consulte el sitio web de DPOR: https://law.lis.virginia.gov/admincode/title18/agency160/chapter30/.